La Corte Suprema dictaminó que Walmart deberá indemnizar a 48 trabajadores por despido injustificado y discriminatorio. La resolución se originó luego de que los cajeros del supermercado Lider se negaran a firmar anexos de contrato que implicaban la pérdida de derechos laborales adquiridos mediante negociación colectiva.
El fallo establece que la empresa vulneró normas del ordenamiento jurídico, específicamente la autonomía de modificación contractual y el principio de no discriminación. Esto se debe a que los empleados que no aceptaron los nuevos términos fueron desvinculados, a diferencia de quienes sí lo hicieron.
Como resultado, la cadena de supermercados, dueña de las marcas Lider, Acuenta y Central Mayorista, tendrá que pagar seis remuneraciones de indemnización y restituir los aportes al seguro de cesantía. Desde Walmart, mediante un comunicado, señalaron que respetarán el dictamen judicial y que darán cumplimiento a la sentencia. Además, indicaron que ofrecieron alternativas laborales que no fueron aceptadas y rechazaron cualquier acto discriminatorio.
El abogado Sergio Sandoval, representante de los trabajadores, destacó que esta sentencia sienta un precedente importante en el ámbito laboral. Sandoval sostuvo que el contrato de operador de tienda ha sido declarado ilegal en dos ocasiones por la Dirección del Trabajo, y que la empresa aún no lo acata ni cumple con las capacitaciones reparatorias ordenadas por los tribunales.
“El contrato de operador de tienda, que ha sido declarado ilegal por la Dirección del Trabajo en dos oportunidades. Aún así, la empresa no acata estos fallos, no elimina el contrato del operador de tienda, tampoco cumple con capacitaciones que ordena la sentencia de tribunales como medidas reparatorias de todos estos incumplimientos”
Karen Gonzáles, presidenta de las ramas del comercio de la CUT, subrayó que no es la primera vez que Walmart presiona a sus trabajadores para modificar sus contratos a la modalidad de “operador de tienda”, lo que a menudo implica la pérdida de derechos. Mencionó un caso reciente en el que la Corte Suprema falló a favor de una trabajadora que denunció despido discriminatorio.
Por su parte, el abogado laboral Cristian Hidalgo afirmó que los trabajadores actuaron conforme a derecho al negarse a firmar estos anexos ilegales. Hidalgo enfatizó que este fallo debería brindar mayor certeza jurídica a quienes se enfrentan a situaciones similares en el futuro.