La Corte de Apelaciones de Chillán dictaminó a favor de una adulta mayor de 82 años, permitiéndole permanecer en la casa fiscal donde ha residido por cuatro décadas. La resolución judicial anuló una orden administrativa previa que exigía la restitución del inmueble, ubicado en la comuna de Chillán.
El caso se originó cuando la Delegación Presidencial de Ñuble y el Ministerio de Bienes Nacionales emitieron, el 2 de julio, una resolución administrativa que ordenaba la devolución de la propiedad. Esta acción buscaba revertir una autorización de ocupación gratuita que el Ministerio de Educación había concedido a la mujer en abril de 1986, sin establecer una fecha de término específica.
“Debe tener presente que la recurrente sí contaba con autorización para habitar el inmueble, según da cuenta la Resolución Exenta 468 de 1986 emanada del Ministerio de Educación, a la que hizo referencia en su calidad de auxiliar del Liceo Comercial A-10 de la comuna de Chillán, sin que se hubiere establecido una fecha de término para dicha ocupación”.
La mujer, ex funcionaria pública (auxiliar de Insuco), interpuso un recurso de protección, el cual fue acogido de forma unánime por la Primera Sala del tribunal. Si bien la Corte reconoció la facultad de la Delegación Presidencial para solicitar la restitución de propiedades fiscales ocupadas ilegalmente, determinó que esta no era aplicable al presente caso.
El fallo unánime estableció que se infringió la garantía constitucional del artículo 19, N.º3, inciso 5.º, que asegura que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales. La Corte subrayó que la adulta mayor poseía una autorización legítima y sin caducidad definida para habitar la vivienda, invalidando así la orden de restitución administrativa.