Amputan brazo a paciente tras negligencia y recibirá $60 millones

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La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó una demanda por falta de servicio contra el Servicio de Salud O’Higgins, aumentando a $60 millones la indemnización que deberá recibir un hombre cuyo brazo dominante fue amputado. La decisión judicial se basó en una serie de negligencias en el diagnóstico y tratamiento de una fractura sufrida en el Hospital Regional de Rancagua.

Uno de los puntos clave del fallo fue la advertencia del propio paciente a los médicos tratantes. Sin conocimientos especializados, el hombre alertó sobre el mal estado y fenómenos anormales en su extremidad, incluyendo un mal olor. Incluso, grabó uno de los controles, prueba que el tribunal consideró relevante para demostrar que las señales de deterioro eran persistentes y no aisladas.

A pesar de estas advertencias, la expulsión de un perno y material óseo fue explicada al paciente como una situación normal dentro de su recuperación. El tribunal determinó que no se realizaron las medidas diagnósticas necesarias para identificar la causa de estas manifestaciones ni la gravedad de la infección ósea, lo que llevó al hombre a asumir que los intensos dolores eran parte del proceso esperado.

La situación estaba lejos de ser normal. Meses después, la infección había avanzado a un punto crítico, haciendo necesaria la amputación de su brazo para salvar su vida. Este hecho fue determinante para el monto final de la indemnización.

La justicia consideró que antes de los hechos, el afectado se desempeñaba en labores agrícolas de temporada, una actividad que requería el uso fundamental de sus extremidades. La pérdida de su brazo dominante no solo impactó su vida cotidiana, sino que también destruyó su principal fuente de ingreso laboral. A esto se sumaron las consecuencias psicológicas acreditadas y la pérdida de autonomía.

El tribunal descartó los argumentos del Servicio de Salud, que intentó atribuir responsabilidad al paciente por su conducta o adherencia al tratamiento. Los ministros consideraron que tales alegaciones no desvirtuaban la falta de servicio ni reducían la responsabilidad inicial. La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua ratificó el fallo del Segundo Juzgado Civil de Rancagua, pero elevó la indemnización por daño moral de $40 millones a $60 millones.

Para establecer esta cifra, se valoraron factores como la pérdida irreversible del brazo, la edad del afectado, el impacto en su autonomía y actividades diarias, las secuelas psicológicas y laborales, y especialmente las circunstancias en que se produjo el deterioro de su salud. El hecho de que el paciente advirtiera el problema y recibiera una explicación que minimizó la gravedad fue un factor crucial en la decisión judicial.

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