Alcalde de La Calera queda con arraigo nacional por fraude al Fisco

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El alcalde de La Calera, Johnny Alexis Piraino Meneses, enfrenta actualmente medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual. La justicia tomó esta decisión tras una audiencia de formalización donde se le imputó el delito de fraude al Fisco, vinculado al uso irregular de vehículos de propiedad municipal.

¿Por qué se investiga al jefe comunal? La causa tiene su origen en antecedentes detectados por la Contraloría Regional de Valparaíso, organismo que previamente había aplicado sanciones administrativas contra el edil por los mismos hechos. La indagación se centra específicamente en el uso de un camión aljibe y una retroexcavadora municipal en un domicilio particular ubicado en Nogales, eventos que habrían ocurrido entre marzo y abril de 2023.

Detalles de la audiencia y pruebas presentadas

Durante la audiencia de formalización, el juez Alejandro Lobos fundamentó la resolución basándose en los antecedentes entregados por el Ministerio Público. Según el magistrado, existe una presunción fundada del delito debido a la existencia de testimonios que sitúan maquinaria de la municipalidad en la propiedad privada del alcalde.

Se da cuenta que, a lo menos, se puede presumir fundadamente la existencia del delito, con los antecedentes ya señalados por el señor fiscal, que sería la declaración de testigos que habrían visto el camión aljibe en el domicilio del alcalde, y asimismo la participación se infiere respecto a lo ya indicado.

El tribunal detalló que las medidas impuestas —arraigo nacional y firma mensual en la subcomisaría de Nogales— fueron aceptadas tras no existir oposición por parte de la defensa, al considerarse medidas de baja intensidad frente al avance del caso.

Plazos de la investigación y contexto legal

Tras la formalización, el tribunal decretó un plazo de investigación de 180 días para aclarar las responsabilidades en este presunto fraude al Fisco. Cabe destacar que este artículo describe un proceso judicial en curso, por lo que, de acuerdo al Artículo 04 del Código Procesal Penal, no se debe considerar al imputado como culpable hasta que la justicia dicte una sentencia definitiva en su contra. La investigación determinará si los cargos se mantienen o si serán desestimados al finalizar el periodo de recolección de pruebas.

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