Alianza Francesa pagará más de $60 millones por bullying y funa

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Fallo judicial contra el Lycée Antoine de Saint-Exupéry

El Lycée Antoine de Saint-Exupéry, conocido tradicionalmente como Alianza Francesa, deberá pagar una indemnización que supera los $60 millones. El 26° Juzgado Civil de Santiago dictaminó esta cifra tras acreditar la responsabilidad del establecimiento educativo en un caso de acoso escolar que afectó gravemente a un estudiante de sus dependencias en Vitacura.

¿Por qué el tribunal condenó al colegio? La justicia determinó que el recinto no cumplió con los protocolos básicos ante una “funa” por redes sociales que acusaba al menor de abuso sexual. Según el fallo, la institución fue negligente al no realizar la recopilación de antecedentes, omitir la notificación a los padres de los involucrados y no implementar medidas de protección efectivas.

Consecuencias emocionales y falta de acción

El impacto sobre la víctima fue profundo. El documento judicial detalla que el alumno sufrió un aislamiento total, siendo excluido de las actividades sociales de sus compañeros y juzgado públicamente sin espacio a defensa. Esta situación transformó la asistencia a clases en un escenario de angustia constante. Según informes de atención profesional, el afectado desarrolló un trastorno de ansiedad generalizada, cuadros de ansiedad social y altos niveles de estrés.

El fallo señaló que el alumno afectado había sido juzgado sin posibilidad de reparo, aislado y excluido de todas las actividades sociales de sus compañeros, por lo que asistir al colegio se volvió una situación de angustia.

Aunque el colegio intentó gestionar el caso a través de su psicóloga interna, el tribunal fue enfático: esa medida no fue suficiente para resolver el problema ni para detener el acoso. Se criticó la pasividad del establecimiento frente a una situación de la cual eran plenamente conscientes, calificando su proceder como una falta grave al deber de cuidado.

Indemnización y proyecciones

Tras desestimar las defensas del colegio, el tribunal ordenó el pago de $60.407.386 por concepto de daño emergente y daño moral, tanto para el estudiante como para sus apoderados. Si bien el colegio propuso medidas menores, como plazos extendidos para tareas o flexibilidad en las inasistencias, estas fueron consideradas insuficientes para mitigar el daño causado por la omisión de los protocolos escolares obligatorios.

La sentencia marca un precedente sobre las obligaciones de los centros educacionales frente al ciberacoso y la responsabilidad que les cabe ante las funas digitales. Queda por ver si el colegio apelará a esta resolución o si este fallo iniciará una revisión de los procedimientos de convivencia escolar en instituciones de alto prestigio académico.

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