La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) oficializó una multa de UF 150 —equivalentes a unos $6 millones de pesos— contra Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A. La sanción se sustenta en la comercialización sistemática de seguros mediante agentes que carecían de la debida inscripción en el Registro de Agentes de Ventas y Corredores de Seguros.
Esta irregularidad, que contraviene los artículos 57 y 58 de la Ley de Seguros y la NCG N°471, se mantuvo vigente entre octubre de 2021 y enero de 2025. Según el organismo regulador, la compañía permitió que personas cuyas inscripciones habían sido canceladas del Registro de Auxiliares de Comercio de Seguros continuaran operando como intermediarios comerciales.
El caso del corredor inhabilitado
Uno de los puntos más críticos del expediente expuesto por la CMF detalla la situación de un intermediario específico. En mayo de 2021, este sujeto fue eliminado del registro oficial debido a que no logró acreditar la contratación de la garantía exigida para el ejercicio de sus funciones. Pese a esta inhabilitación administrativa, el profesional continuó vendiendo pólizas para Renta Nacional de manera ininterrumpida hasta enero de 2025, acumulando un total de al menos 293 pólizas comercializadas de forma irregular.
La resolución del regulador financiero fue enfática al señalar que las aseguradoras tienen la responsabilidad legal de verificar el estado vigente de sus agentes antes de cualquier transacción. De acuerdo con el ente fiscalizador, esta verificación obligatoria “no fue debidamente cumplido” por parte de la firma.
Las compañías de seguros tienen el deber de verificar en el Registro que quienes actúan como corredores ostenten dicha calidad al momento de comercializar las pólizas, toda vez que se encuentran sujetas al imperativo de comercializar seguros únicamente a través de corredores habilitados, lo que no ocurrió en este caso.
Más allá de este caso principal, la investigación arrojó otros episodios de menor magnitud donde la compañía también operó con agentes no habilitados. Ante esta falta de control, la CMF sentenció que las entidades del rubro deben garantizar que sus redes de ventas cumplan estrictamente con las normas del registro. Queda pendiente observar si esta multa sentará un precedente para futuras auditorías de la entidad hacia el control interno de las aseguradoras en el mercado chileno.