En una decisión trascendental, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) ha rechazado la candidatura al Senado de la región del Maule presentada por la senadora Ximena Rincón. Esta resolución se basa en una interpretación precisa del término del mandato parlamentario y el espíritu de la norma que limita la reelección.
Según el abogado Gabriel Osorio, representante legal del oficialismo y la Democracia Cristiana ante el Tricel, la clave de la decisión radica en el cálculo exacto de las fechas. La discusión jurídica se centró en determinar si Rincón había cumplido más de la mitad de su mandato, tal como establece el artículo 51 de la Constitución Política.
Interpretación Clave del Mandato Parlamentario
Osorio explicó que, según los cálculos, la senadora Rincón había ejercido su cargo entre 2010 y 2014, y luego nuevamente entre 2018 y 2026. El Tricel acogió la tesis de que el período concluye el 10 de marzo, y no el 11 como sostenía Rincón.
Esta interpretación fue fundamental, ya que de aceptarse la posición de la senadora, teóricamente podrían existir más de 50 senadores en ejercicio simultáneo, lo cual vulneraría la disposición constitucional que establece un número fijo de 50 escaños.
Preservar el Espíritu de la Constitución
Para Osorio, la decisión del Tricel tuvo como objetivo «cerrar la puerta a interpretaciones» que pudieran torcer el espíritu de la norma sobre reelección parlamentaria. «Lo importante era cerrar la puerta a interpretaciones», afirmó el abogado.
Si bien reconoce que siempre existe la posibilidad de interpretar una norma de diferentes maneras, Osorio enfatizó que lo fundamental es respetar la Constitución y la ley. «Todos los candidatos tienen que cumplir con la Constitución y la ley en cuanto a los requisitos que establece esta para poder ser candidato. Y nosotros no pedíamos más que eso, que se cumpliera la Constitución», concluyó.